14. El Padre Maíz y el secuestro del expediente de los procesos.

Con la colaboración del abog. Rodrigo Cardozo Samaniego[1]

A lo largo del tiempo los sucesos de San Fernando ha sido abordado por historiadores, investigadores y periodistas que han tratado de llegar al fondo de la cuestión pero todos se han encontrado con el mismo inconveniente, esto es, el legajo o expediente completo de los distintos casos no ha sido encontrado nunca y ello tiene una explicación, el mismo fue retirado del Archivo Nacional de Asunción y nunca devuelto, al menos eso es lo que se indica en la memoria de dicha Institución del año de 1906.

Habiendo sido retirado del Archivo Nacional a finales del siglo 19 no cabe suponer que el mismo fue secuestrado por las fuerzas brasileñas en 1869 de Piribebuy que así terminaría siendo parte de la ex colección Rio Branco (devuelta al Paraguay recién en 1981) por lo que se tiene la certeza que el secuestrador fue un ciudadano paraguayo.

En el dictamen fiscal final elevado al Consejo de Guerra reunido en Itá Ybaté, fechado 17 de diciembre de 1868, los firmantes –los sacerdotes Fidel Maíz y Justo Román, los coroneles Silvestre Aveiro, Juan Crisóstomo Centurión, Silvestre Carmona, Montiel y otros, reconocen expresamente:

Los abajo firmados, jueces fiscales de la atroz causa de la conspiración y alta traición a la Patria y su gobierno, nos dirijimos a los señores del Consejo de Guerra presentándoles la adjunta lista de los principales y últimos reos de tan negra e infame criminalidad para ser juzgados conforme a las leyes y ordenanzas del caso, y según el mérito de los procesos relativos.

A este fin es de nuestro deber informar breve, pero suficientemente lo que resulta al respecto de ellos, no pudiéndolo hacer con vista de los sumarios en razón de que estos fueron ya recogidos y remitidos fuera de este campo a precaución de las consecuencias del choque de armas en que actualmente nos hallamos comprometidos de una manera decisiva[2] (Sic)

A.N.A. SH-355n9-178-211. Folio 53.

https://historia.archivonacional.gov.py/uploads/r/archivo-nacional-de-asuncion/6/4/64895/PY-ANA-SH-355n9-178-211.pdf

A.N.A. SH-355n9-178-211 https://historia.archivonacional.gov.py/uploads/r/archivo-nacional-de-asuncion/6/4/64895/PY-ANA-SH-355n9-178-211.pdf Folio 64- Firma de Fidel Maiz en el dictamen fiscal de Ita Ybate del 17 de diciembre de 1868

A lo largo del dictamen se puede apreciar el sello característico de la prosa del Padre Maíz, único capaz de redactar un libelo acusatorio cargado de descalificaciones personales de elevada definición, de elaborada redacción y de rastreras referencias al supremo gobierno, pero totalmente carente de argumentación legal incluso admitiendo que no acompaña las pruebas de las acusaciones que señala en el dictamen lo que vicia de nulidad ese acto y los subsiguientes.

Aquella lista de “los principales y últimos reos de tan negra e infame criminalidad (Sic) contenía los nombres de los fusilados el 21 de diciembre de 1868 en Itá Ybaté, a saber, Benigno López, hermano del Mariscal, el Obispo Manuel Antonio Palacios, el ex canciller José Berges, el ex vicecónsul portugués Jose María Leite Pereira, el ex ministro de Guerra y Marina General Vicente Barrios, Simón Fidanza, italiano y otros y, al mismo tiempo, el dictamen hace constar la recepción del pedido de perdón y conmutación de pena del Mariscal López para sus hermanos Venancio, Rafaela e Inocencia. El dictamen también estipula que el Consejo de Guerra debía resolver sobre la aplicación de la confiscación de bienes de los condenados a efectos de indemnizar al Estado de los daños que le causaron al Tesoro Nacional toda vez que uno de los cargos fue el robo del mismo. 

Obispo Manuel Antonio Palacios (1824-1868)

Así pues, el propio padre Fidel Maíz deja constancia en el dictamen fiscal que los legajos de los sumarios donde constan las declaraciones de los procesados y más tarde fusilados por recomendación del mismo dictamen, no fueron presentados en el momento culminante de los procesos y han pasado a la retaguardia en su salvaguarda y posiblemente depositado junto a los demás documentos del entonces Archivo Nacional que obraba en la nueva capital Piribebuy y que no fue a parar a Rio de Janeiro porque su clasificador final, el ministro plenipotenciario brasileño José María da Silva Paranhos, no le encontró valor político o probatorio de los orígenes de la guerra como pretendía (ver catálogo de la colección Rio Branco del A.N.A.), aunque era piezas clave para demostrar la veracidad de esas declaraciones y por ende la culpabilidad de los implicados, al parecer la conspiración no era un asunto que interesara al ministro brasileño.

Más tarde, en la pos guerra, esos legajos pasan a formar parte del cuerpo de manuscritos que quedaron en Asunción en una institución que englobaba tanto al Archivo Nacional como a la Biblioteca Nacional y el Museo y aquí es cuando se produce la desaparición total y definitiva de los mismos con lo que ningún paraguayo podrá hoy saber a ciencia cierta el contenido de aquellas declaraciones originales salvo las que fueron ubicadas en otros legajos, que son las menos, como el caso del portugués José María Leite Pereira del consulado de su país por negar el valor del billete paraguayo (A.N.A. – CYJ-1662n7 – https://civil.archivonacional.gov.py/uploads/r/2/9/29581/py-ana-cyj-1662n7.pdf), o aquellas brevemente trascritas en los oficios que remitieron los encargados de las relaciones exteriores durante la guerra (Gumercindo Benítez y Luis Caminos) al entonces ministro americano Charles Ames Washburn (A.N.A.-AHRP-PY-4800-93-102 – https://riobranco.archivonacional.gov.py/index.php/oficio-de-gumesindo-benitez-ministro-interino-de-relaciones-exteriores-de-paraguay-charles-washburn-14) .

El presbítero Fidel Maíz y el secuestro de los legajos de San Fernando.

Durante la presidencia de Juan B. Egusquiza (A.N.R. 1894-1898), se produce un hecho que quedó registrado y que no arroja ninguna duda sobre la evidente intención del Padre Maíz de hacer desaparecer todo vestigio de su implicancia en aquellos luctuosos sucesos de San Fernando donde hizo el papel de fiscal de sangre, aun siendo sacerdote.

Presbítero Fidel Maíz, en su ancianidad.

En una publicación de época (Revista Municipal), después de 1906, los asuncenos pudieron leer un anexo N° 2 a lo que parece ser un informe del propio Archivo Nacional:

Anexo N° 2.

Entre los detentadores de documentos de la Nación figuraba el presbítero Fidel Maíz en poder de quien obraba cinco legajos de inmenso mérito histórico. Esos legajos son de un valor inapreciable, por cuanto se señalan en sus páginas todo un período interesante de procedimientos gubernamentales en aquellos pavorosos tribunales de san Fernando y que caracterizan la psicología social de una época extraordinaria, sensacional y aciaga de la historia patria (Juan Silvano Godoy, Memoria de la dirección General de la Biblioteca y Archivo de la Nación, 1906, pág. 35).

El famoso expediente del proceso de San Fernando conteniendo unas 450 fojas fue solicitado por el Padre Fidel Maiz, fiscal de sangre del Mariscal López y obtuvo bajo recibo, en la época de la presidencia del General Eguzquiza, del Archivo Nacional, siendo Ministro del Interior don Angel María Martínez, alegando decía para completar sus memorias históricas. El Ministro Martínez ordenó al Jefe del Archivo Nacional la entrega del citado expediente en cuyas páginas rubricadas los nombres de unos cuatrocientos ciudadanos como sentenciados a muerte de puño y letra por el padre Maiz.

Oportunamente el señor Juan Silvano Godoy solicitó como Director del Archivo Nacional la devolución de dicho expediente justipreciando en 20.000 pesos oro sellado su rescate. El Padre Maiz quemó todo el expediente para no dejar rastro. No obstante, los antecedentes del asunto obran en poder del señor Rolando Godoy, Director actual de la Biblioteca Americana, conserva el recibo del Padre Maíz de haber retirado…”

Exhibimos imagen de la publicación referida.

Así pues, el padre Maíz utilizó un mecanismo frecuente en la época, esto es, retirar documentos del Archivo Nacional bajo su propia responsabilidad y recibo pero en este caso con un propósito, la desaparición de documentos que lo comprometían ya que como fiscal de sangre era el encargado de dictaminar sobre las causas abierta y recomendar la aplicación de la ley y con ello de las penas impuestas por ellas por lo que esos documentos eran muy comprometedores para el sacerdote y la prueba es el párrafo del dictamen del 17 de diciembre de 1868 que firmó y que vimos más arriba.

 …..nos dirijimos a los señores del Consejo de Guerra presentándoles la adjunta lista de los principales y últimos reos de tan negra e infame criminalidad para ser juzgados conforme a las leyes y ordenanzas del caso, y según el mérito de los procesos relativos.

La afirmación leída en la publicación municipal sobre una eventual destrucción de estos legajos por parte del Padre Maiz podría guardar relación –quizás- con lo que el sacerdote y autor el Dr. Carlos Heyn escribe:

“Lastimosamente, nos hemos enterado por testimonios orales directos, que el mismo Maíz hizo quemar su rico archivo personal. Sábese también que su más férvido amigo, admirador y confidente, Juan E. O’Leary, poco antes de la muerte de Maíz, pudo recibir de él importantes documentos, cuyo acceso hasta ahora no me fue posible alcanzar” [3].

¿Qué motivos habrían impulsado al sacerdote a retirar esos legajos tan temprano como pudo ser el año de 1894 en el siglo 19 si no es hasta 1906 cuando Juan Silvano Godoy  (foto) empieza a atacarlo desde su cargo de Director del Archivo Nacional y lo anatematiza en su obra de 1916?. Entre las acusaciones de Godoy está precisamente la que dice que Maíz inventó los cargos contra los conspiradores y siendo así, ¿a quién beneficiaria –si no es a Maíz- la desaparición de aquellos legajos de la conspiración? Maíz no publicó su autobiografía hasta 1919 lo que hace difícil suponer que su intención en 1894, 25 años antes cuando retiró esos legajos, era hacerlo.

Juan Silvano Godoy (posiblemente antes de la guerra).

Llama la atención que el padre Heyn, considerado como el vindicador de Maíz, al mismo tiempo que exhibe el “apéndice” en la tercera edición de la obra de éste, “Etapas de mi vida” (1919) varios testimonios de protagonistas que vivieron los sucesos de la conspiración con los que se pretende demostrar la existencia de la conspiración, sin embargo no se refiere en absoluto al hecho que el Padre Maíz haya podido secuestrar los documentos más importantes de aquellos juicios. Tampoco se inclina por desmentir la acusación de la quema de esos papeles, sencillamente ignora el asunto, sin embargo, el Padre Maíz se defiende de la acusación de secuestro de los documentos en su obra “Etapas de mi vida” pero de una manera poco clara.

La acusación de Juan Silvano Godoy.

¿Cuál es el punto central de la acusación de Juan Silvano Godoy 1916 que motiva la defensa del sacerdote en 1919?

En la obra en la que Godoy aborda la cuestión de San Fernando, hemos separado la paja del trigo, esto es, nos remitimos expresamente a entresacar las cuestiones que hacen a las pruebas documentales y a los hechos que no tienen desmentidos y están confirmados por otros autores, dejando de lado los relatos de Godoy con cierto tinte novelezco. Así escribe:

Necesitamos hacer otra lijera digresión antes de dar su turno a los más inverosímiles, monstruosos y abracadabrantes documentos.

Todos los jueces fiscales estuvieron contestes, y de los procesos quedar evidenciados, que el árbitro y director exclusivo de las SUPUESTA CONSPIRACION fue el padre Maíz.  

Los pobres reos carecían de defensores. No se les admitía ni, por fórmula, nombrados de oficio. Eran secretos los procesos. Tampoco se les permitía comparecer ante el Consejo de Guerra para hacer sus descargos en presencia de los mismos jueces fiscales que concurrían a sostener y ampliar sus acusaciones escritas. I las únicas piezas de convicción presentadas, eran las declaraciones arrancadas por medio del cepo uruguayana, los azotez, y el aplastamiento de los dedos con martillos.

A los desventurados presos políticos (¿) simplemente se les notificaba sus sentencias de muerte, momentos antes de ser ejecutadas[4] (Sic). Las mayúsculas son de Godoy.

La acusación de Godoy no pretende establecer la mera responsabilidad de Maíz como un fiscal de sangre más que presentado ante el Consejo de Guerra impulsaba la aplicación de las sentencias, todas de muerte; de hecho Godoy no niega la existencia de otros fiscales de sangre. Godoy pretende hacer de Maíz el responsable principal y exclusivo y su alusión a un “árbitro y director exclusivo (SIC) da a entender que la acusación apunta al hecho que en el conjunto de fiscales, todos ellos jefes y oficiales cuarteleros con la excepción del presbítero Justo Román, el padre Maíz emergía como el único capaz de liderar, definir y montar con exclusiva y sobrada capacidad toda aquella estructura de cargos falsos y redactar los más elaborados dictámenes fiscales en base a la legislación colonial de la que Maíz era eximio conocedor y donde se luce –a simple vista- el estilo típico de redacción del sacerdote en el que las citas en latín se entremezclan relacionadas con los cargos citados, un estilo que Maíz nunca abandonó hasta el día de su muerte.

De allí surge, quizás, la necesidad del sacerdote de no dejar a la vista de los paraguayos de la pos guerra las pruebas documentales por excelencia que darían la razón a Godoy, esto es, aquellos legajos donde se dejaban constancia de los sumarios que comprometían a Maíz, aunque éste dejó intactos en el Archivo Nacional algunos legajos sueltos como el sumario seguido al Gral. Vicente Barrios por su intento de suicido (A.N.A. SH-355n9) o aquella protesta del clero nacional (A.N.A. SH-355n13 – https://historia.archivonacional.gov.py/uploads/r/archivo-nacional-de-asuncion/6/4/64947/PY-ANA-SH-355n13-225-238.pdf) que hizo de cabeza de proceso para el posterior procesamiento del Obispo Palacios.

Para entender la acusación de Godoy y establecer claramente el tipo de documento que el Padre Maíz habría retirado del Archivo Nacional se debe decir que aquellos procesos de San Fernando tenían tres pasos bien claros, con sus respectivos documentos:

1er. Paso. La etapa indagatoria: se realizan los sumarios con las declaraciones de los indagados, arrancadas con torturas y otros apremios físicos. A esta etapa corresponderían los cinco legados con 450 folios que Maíz retira del Archivo Nacional. Aquí deberían estar todos los sumarios conteniendo las declaraciones de los 400 procesados según la publicación de la Revista Municipal, desde julio hasta diciembre de 1868. De no estar, aquellas declaraciones no existieron nunca.

2do. Paso.  La etapa de las imputaciones. A esta etapa le corresponden los dictámenes fiscales de los padres Fidel Maíz y Justo Román y de otros que alternaban en esas funciones (Centurión, Montiel, Aveiro, Carmona etc.), sobre los resultados de la indagatoria. De esta etapa existen en el actual Archivo Nacional de Asunción el dictamen de los sacerdotes nombrados sobre los doce fusilados el 21 de diciembre de 1868 en Itá Ybaté (A.N.A. SH-355n9 a partir del folio 53) así como la protesta del clero nacional contra el Obispo Palacios (A.N.A. SH-355n13). Este último documento, que en esencia es un dictamen fiscal, se citan varios folios de las declaraciones de procesados en el primer paso o indagatoria y que corresponde al caso de los doce ejecutados en Itá Ybaté (el Obispo, B. López, Berges, Barrios, etc.).

3er. Paso. La etapa de las sentencias. Godoy publica en su obra todas las diligencias del Consejo de Guerra que declaró la pena máxima de los doce ejecutados el 21 de diciembre en Itá Ybaté[5], pero nada dice de las sentencias de muerte del resto de los 400 procesados por lo que los oficios de dichas sentencias firmados por dicho Consejo deberían estar en los legajos retirados por Maíz.

Con fecha 31 de diciembre de 1868, el vicepresidente Sánchez acusa recibo en Piribebuy de la remisión de todo el expediente de los procesos.[6] Esto supone que a partir de dicha fecha pasó a formar parte del Archivo Nacional y no acompañó a los documentos secuestrados por los brasileños por las razones que dimos.

Habiendoseme dirijido del Campamento de Pykysyry a mi el infrascripto Vice Presidente el presente proceso relativo al juzgamiento y sentencia de quince de los reos de alta traición a la Patria y a su Gobierno….[…]

La defensa del padre Maíz a la acusación de la sustracción de los legajos de la conspiración.

En su “Etapas de mi vida” (1919), el padre Maíz procedió a replicar la acusación de Juan Silvano Godoy tanto de haber sido el responsable de formular a los procesados cargos inexistentes como de haber retirado los legajos de los procesos de San Fernando del Archivo Nacional, pero Maíz lo hace de una manera que no termina de ser clara. A pie de página 19 dice;

“El odio (de Godoy) viene de lejos. Hace años que prepara con fría alevosía la campaña difamatoria, sin dejar por esto de hacerme daño posible con tenaces y reiteradas calumnias. Ya en 1906 me acusó de que tenía en mi poder documentos del Archivo.

En 1908 insistió en la misma acusación, pero indicando los papeles que retenía, afirmando que el ex jefe del archivo, don José R. Mazó, le había comunicado a viva voz, que es su creencia que poseía también en mi poder el proceso de Robles” (Sic).

En el primer párrafo, si bien Maíz cita el año de 1906, nada dice del contenido de los documentos que fueron denunciados por Godoy en la memoria de ese año como retirados del Archivo Nacional y hemos visto que se referían a las declaraciones de los procesados por la conspiración en 1868. El segundo párrafo es una eventual repetición de la acusación pero ahora se trata de otro proceso, muy distinto del de San Fernando, pues habla del sumario sobre la conducta del General Robles en 1865 en la campaña de Corrientes, y de este modo se puede entender que Maíz –generalizando- no respondió expresamente en estos párrafos la acusación ni levantó el cargo específico del retiro de los documentos de la conspiración de 1868.

Más adelante Maíz sigue diciendo: “En 1912 (Godoy) volvió a afirmar públicamente que guardaba yo en mi poder los siguientes documentos: proceso seguido al ilustrísimo  obispo Palacios y demás cómplices(de 1868) y pasa a citar los documentos correspondientes al proceso que en la pre guerra se siguieron al mismo Maíz, al padre Moreno y otros en ocasión de la elección de presidente del Gral. López en 1862. Es en este momento que Maíz hace referencia a los implicados en los procesos de la conspiración contra López de 1868, aunque tampoco levanta el cargo que le formula Godoy en 1906 ya que no dice expresamente que haya devuelto esos documentos en particular y afirma que:

En 1914 todavía seguía acusándome…Después todos esos documentos aparecieron en su poder, publicándolos en pequeñas dosis, gracias a la gentil hospitalidad que le brindó en su diario el ex ministro de culto, Belisario Rivarola[7] (p. 20).

Finalmente, Maíz presenta una carta del ex jefe del archivo, José R. Mazó, quien certifica que Godoy le había preguntado sobre cuales documentos se llevó el Padre Maíz, que le respondió que lo ignoraba, que podía informarse en el libro de recibos del Archivo y que no podía considerarse testigo de los documentos que Maíz retuviera en su poder. La respuesta de Mazó nos da a entender, sin asegurar, que Maíz pudo haber firmado recibos del retiro de varios documentos del Archivo, lo que el sacerdote no niega ni tampoco demuestra fehacientemente que devolvió los legajos.

Dijimos que la defensa de Maíz fue poco clara porque cuando afirma “después todos esos documentos aparecieron en su poder (de Godoy”), Maíz no establece claramente si se refiere a:

  1. Los procesos por la conspiración de 1868 “de Palacios y sus cómplices” (Sic). 
  2. Al proceso del Gral. Robles de 1865.
  3. A los procesos suyos propios de 1862.

Existe gran diferencia entre los tres procesos citados y sobre todo porque los segundos (A.N.A. SH-447n6, SH447n7 y SH-448n1) y terceros (A.N.A. SH-331n23, SH-331n26, SH-334n6 y SH-334n7) hoy se encuentran en el Archivo Nacional de Asunción bajo la catalogación señalada lo que daría la razón al sacerdote pero los primeros –los cinco legajos con 450 folios numerados conteniendo declaraciones de los conspiradores de 1868- brillan por su ausencia, salvo los ya citados más arriba cuya foliación no excede el numero cincuenta, por lo que podemos decir que Maíz no pudo levantar –con suficiente claridad- el cargo principal que le hizo Godoy en 1906 de haber retirado -y nunca devuelto- aquellos cinco legajos de los procesos por la conspiración de 1868 conteniendo las declaraciones de los imputados en San Fernando.

Curiosamente, los manuscritos correspondientes a las diligencias llevadas a cabo por el Consejo de Guerra para dictar sentencia publicadas por Godoy no parece que se hallen digitalizadas en el Archivo Nacional de Asunción.

Los cinco legajos de los procesos de San Fernando conteniendo 450 folios denunciados en la Revista Municipal existieron sin duda alguna, no sólo porque Godoy realizó un reclamo oficial al Ministerio del Interior de manera global y denunció su faltante en las memorias del Archivo Nacional de año 1906 en manos del Padre Maíz sino también porque el propio Maíz reconoció su existencia en la conocida “Protesta del Clero Nacional contra el Obispo Palacios” (A.N.A. SH-355n13) en octubre de 1868, que supuso el primer paso para el fusilamiento del Obispo, donde el sacerdote –como fiscal- menciona varios folios de esos procesos, en particular el del Obispo Palacios (p.e.; f.347, f.408, f.410, f. 412, f.443 (foto), f. 444, f.412, f.453, f. 476[8] ,los dos últimos indican que existieron más de 450 folios numerados en los cinco expedientes).

A.N.A. SH – 355n13 225-238 (https://historia.archivonacional.gov.py/uploads/r/archivo-nacional-de-asuncion/6/4/64947/PY-ANA-SH-355n13-225-238.pdf)

¿Qué otros motivos habrían impulsado al sacerdote a privar al Paraguay y al mundo de esos legajos? En el período que se dice que Maíz retiró esos documentos del Archivo Nacional, finales del siglo 19, el sacerdote dirigió una carta al Papa Pio IX solicitando el levantamiento de la prohibición que sufriera para actos de la administración diocesana y en ella escribe:

“La desgraciadísima guerra en la que otrora peleó esta República del Paraguay contra tres Naciones vecinas, desquició en ella todas las cosas humanas y divinas, mezclando lo lícito con lo ilícito, sucediendo para mi desgracia, que también yo anduviera en tales sucesos y estuviera implicado en tales circunstancias”[9] 

La metamorfosis del Padre Fidel Maíz.

A lo largo de su vida en la pos guerra el padre Maíz no ha hecho otra cosa diferente de la que hizo durante el conflicto. En sus dos obras habla claramente de su conducta en general pero tocante a la conspiración de 1868 ha omitido referirse a algunos momentos que indican claramente que su acomodación a los tiempos fue una constante.

Es sabido que antes de la guerra opinó contra la manera en que los López llevaban el gobierno del Paraguay, el despotismo de sus medidas y la cuestión llegó al momento en que el general Francisco Solano López convoca en 1862 a elecciones de presidente del país a la muerte de su padre y Maíz emite opiniones contrarias a su candidatura, lo que valió la apertura de un proceso que, si bien no versaba sobre traición, fue llevado por caminos muy tortuosos ya que no existía legislación que penara una opinión contraria al único candidato a unas elecciones al punto que no se conoce que el proceso haya culminado con una sentencia pero Maíz pasó cuatro largos años en prisión aunque avanzada la misma no parece que lo haya pasado mal en el presidio.

El sacerdote relata en “Etapas de mi vida” (1919) que fue liberado en 1866 (septiembre) antes del triunfo paraguayo de Curupayty. Buscando los motivos por los que Solano López lo liberó, vemos que en su propio relato Maíz señala que si en la batalla del 22 de septiembre de ese año López salía perdidoso, el sacerdote -y los demás opositores políticos al presidente que también fueron llevados al frente- serían ejecutados en el acto antes que los aliados los liberasen, por lo que no se descarta que aquello que dispuso López respecto de Maíz, sería la aplicación de la sentencia que aquel proceso de 1862 no habría tenido. Con el triunfo paraguayo Maíz salva la vida definitivamente, reconociendo que la lectura de una copia del Tratado Secreto de los aliados que López le proveyó le haría ver la casi sagrada misión que López se había propuesto para salvar al Paraguay y que ya no correspondía analizar los motivos de la guerra, sino que simplemente había que defender al país sin más preguntas, con lo que Maíz así completa su eventual reconversión en favor de quien lo metió en prisión por cuatro años.

Debemos considerar que su defensa es publicada recién en 1919, cuando ya arreciaba la campaña nacionalista de Juan E. O’Leary en favor de la reivindicación de Solano López y así podemos leer que el sacerdote escribe:

Desde entonces el lopizmo, que en esa titánica lucha de un lustro hizo vibrar el alma del mundo, se me perfiló en el horizonte del pasado y porvenir del Paraguay, como el símbolo del verdadero y más puro nacionalismo[10] (Sic).

Maíz pasó a ser redactor en “Cabichui” en aquel año de 1866, incluso contra la voluntad de su archi enemigo el Obispo Palacios. Inmediatamente después escribió la réplica a la Bula Papal de Pio IX que convirtió la iglesia paraguaya en sufragánea de la de Buenos Aires y a partir de ese momento se convirtió en la referencia obligada de las publicaciones. Obtiene su libertad definitiva, es nombrado Capellán del ejército y logra que López le autorice a tratar directamente con él en detrimento del Obispo. Maíz se presenta totalmente agradecido a López por su nueva realidad.

Llegando el relato a los sucesos de San Fernando, Maiz se defiende de los ataques de Juan Silvano Godoy que según el sacerdote ocurrieron desde 1906 hasta 1916 y deja claro que la conspiración para derrocar a López existió y deslinda responsabilidad de las atrocidades cometidas:

Antes de ir analizando sobre este punto el folleto de archivero (Godoy – El Fusilamiento del Obispo Palacios y los tribunales de Sangre de San Fernando – 1916)), que, con tanta malignidad adultera aquellos sucesos, falsea la verdad histórica, inventa calumnias y todo para hacerme a mí, sólo a mí, y más que a ningún otro, responsable de las supuestas atrocidades de entonces….”[11] (Sic)

San Fernando!, allí los generales Barrios y Bruguez, el tesorero Bedoya, los coroneles Alen y Núñez, don Benigno López y multitud de otros más, cayeron presos. ¡La conspiración se había ramificado inmensamente […] Allí el comandante Francisco Fernández confesó al mismo López, espontáneamente, su participación en el complot de la conspiración fraguada en la Asunción y requerido también el ilustrísimo Señor Palacios, por las citas habidas contra él, protestó, negando su complicidad en aquel crimen de traición a la patria…![12]

En este su relato de 1919, Maíz se contradice a sí mismo cuando afirma que el Obispo Palacios negó su complicidad en la conspiración y lo hace con respecto a lo que el cura plasmó en su dictamen del 17 de diciembre de 1868 cuando –como fiscal de sangre- recomendó la aplicación de la pena al Obispo:

El Obispo palacios está confeso y ratificado de haber conspirado contra la Patria y su Gobierno. De él proviene originariamente el pensamiento de traición de la causa nacional para haberse puesto en comunicación con el enemigo y plantear la revolución en el seno de la Patria[13].

No hemos encontrado en otras manifestaciones del caso que hayan sido presentadas versiones o hasta pruebas que el Obispo Palacios se haya carteado con los militares aliados por lo que el contenido de aquel dictamen daría la razón a Juan Silvano Godoy cuando afirmó que Maíz inventó los cargos contra los imputados en la causa.

Maíz también defendió a Solano López en su obra de 1919:

Hay que confesar, cualquiera que hayan sido las medidas de represión, de violencia, o los castigos anticipados atribuidos a un espíritu de pura crueldad; hay que confesar, digo, que López demostró su culto a la legalidad, llenando en lo posible toda forma de derecho, sin haber jamás exabrupto procedido contra los encausados; pero, también, obrando siempre con energía, estoicismo y rectitud, en la aplicación de las penas a los verdaderos culpables[14]

Pero existió un tiempo donde el Padre Maíz pensaba y opinaba de manera opuesta.

En su segunda visita al Paraguay, el diplomático e historiador argentino Dr. Estanislao Zeballos obtuvo un informe –al parecer presencial- del Padre Maíz sobre los hechos de la guerra que Zeballos fecha en su casa de Asunción, en presencia del presidente Patricio Escobar, el día 19 de abril de 1888, del que extraemos los siguientes puntos más importantes. El sacerdote inicia su relato diciendo que originalmente le fue encomendada la misión de sumariar al arcediano Barrios y luego al propio Obispo Palacios y referente a la conspiración en general, dice:

Nunca he podido explicarme lo que se proponía López con el plan tan bien combinado de aquella conspiración…

“Yo creo que (la conspiración) no ha existido (Brezzo)

Respecto de esta última frase, en su acusación de 1916, Juan Silvano Godoy hace mención del mismo asunto después de trascribir la carta de Maíz a D’Eu del 12 de abril de 1870 donde solicitaba al conde, encarecidamente, que se mantenga su status de prisionero y que sea enviado a Rio de Janeiro para quedar al amparo del Emperador Pedro II de las eventuales revanchas de los perseguidos por el sacerdote durante la guerra:

 “Y Parece que esta es su definitiva opinión; pues dieciséis años más tarde (Maíz) escribe a un su amigo, y al rememorar la matanza de San Fernando, dice –es decir se ratifica- en que no hubo tal CONSPIRACION; que nunca existió. Que fue supuesta.”[15] (Sic).

Maiz continúa informando a Zeballos:

“Cuando López quedó encerrado por el enemigo en la Asunción se lo creyó naturalmente perdido, no pensándose en la vía del Chaco y es lógico que algunos vecinos principales trataran de ponerse de acuerdo para la dirección de los intereses propios y generales en caso de la caída de aquel , poniéndose de acuerdo o intentándolo con los brasileños”[16] (Sic)

En este párrafo Maiz no hace más que repetir las mismas palabras que Benigno López pronuncia como respuesta a la pregunta de su hermano Francisco Solano de ¿qué estaban haciendo ustedes en Asunción? (al llegar los buques brasileños) y corroborada en la obra de Juan Crisostomo Centurión. La más importante confesión que Maíz le hace al Dr. Zeballos se da cuándo afirma:

“Habiéndose escapado (López) antes le fue avisada aquella actitud (de los vecinos de Asunción) y él tomándola como un desprecio a su persona y falta de patriotismo, empezó la causa. De cómo se coordinaron hechos que no existían sino en las actas debe atribuirse a las delaciones en que el servilismo hacía prodigios y a las venganzas, que fraguaban crímenes y criminales. Muchos inocentes se decían culpables ellos mismos esperando clemencia de López por su franqueza”

“Ha sido siempre misterioso para mi este suceso….”[17]

En ese informe de 1888, Maiz termina refiriéndose al intento de asesinato de López en Caraguatay, dando algunos breves detalles, pero rematando el caso con una frase:

Yo siempre he dudado de este suceso[18] (Sic) 

El 15 de febrero de 1889 el Dr. Zeballos –desde Buenos Aires- solicitó al Padre Maíz mayores informes de los que ya le había proveído el año anterior en su visita al Paraguay. El sacerdote le envió una extensa carta fechada 7 de julio de 1889 donde expuso su visión sobre la guerra, su relación con los López y su intervención en los juicios por la conspiración.

Para el caso de la conspiración, y resumiendo todo lo posible, lo que dice Maíz es sumamente claro:

He aquí, mi doctor, el comienzo de mi intervención en los procesos de aquella época, que todos eran fabricados bajo la inmediata inspiración y orden de López, siendo el obispo el primero y más fatal órgano de las imposiciones del tirano hasta que, por último, él también cayó en sus garras”.

“Don Benigno López, hermano del Mariscal, era uno de los supuestos conspiradores y nunca (Solano López) permitió que yo pudiese entenderme a solas con él…[…] Agréguese a todo esto, mi doctor, que López llamaba a uno de sus funcionarios y le ordenaba: vaya usted y haga cargos a fulano o zutano para que confiese tal o cual cosa y si se mantiene tenaz que se le azote hasta que confiese”[19]

“Declarado el estado de sitio en todo el territorio de la República, no regla ya otra ley que la del Mariscal, esta teoría vino a aumentar más, si es posible, el absolutismo autocrático de López, que desde un principio no tuvo otra ley que la de su voluntad, sic volo, sic jubeo, sic pro voluntatis ratione (así quiero, así mando, así por la razón de la voluntad), ni tenía más forma que la militar, nulla fides, nulla pietas, iis qui castra secuntur (sin fe, sin piedad para aquellos que siguen en el campamento) y todos nos encontrábamos bajo el inmediato rigor de su imperio[20]

No era otra cosa, mi doctor, lo que pasaba a los que no podíamos sustraernos de las imposiciones del tirano, único autor y verdaderamente responsable de aquellos actos, desde que es innegable que, si él figuraba procesos, no era por cierto para administrar justicia, sino para más atormentar a los desgraciados. La sentencia la tenía preconcebida, la acariciaba, la maduraba, y fatalmente tenía que cumplir más tarde o más temprano[21]

Esto se acredita más al ver como procedía últimamente con los acusados, pedía la lista de ellos, sacaba su lápiz del bolsillo, y una cruz que marcaba sobre el nombre indicaba que aquel infeliz debía borrarse del catálogo de los vivos”.

Vemos así dos períodos bien definidos de un Fidel Maíz bien indefinido. Haremos una breve cronología para resumir lo visto más arriba.

Entre 1888 y 1889, en sus informes a Zeballos, el Padre Maiz se muestra definitivamente incrédulo respecto de la existencia de la conspiración (Yo creo que no ha existido(Sic)), que para él este suceso era muy misterioso, que todos los procesos  eran fabricados bajo la inmediata inspiración y orden de López, que mandaba crear cargos sólo para obtener declaraciones, que no se respetaba ninguna ley más que su voluntad, llegando incluso de afirmar que los hechos indicados en las actas nunca existieron y que fueron producto de las delaciones y de las venganzas de los que –procesados- tenían inquinas personales con otros procesados; en suma, el principal fiscal y autor de los diferentes dictámenes que precedían a las sentencias de muerte, que ya estaban previamente decididas, dice que la conspiración fue todo un invento.

Cuando leemos que el padre Maíz confiesa a Zeballos  en 1888 que los cargos que figuraban en las actas no existían más que en ellas, nos vemos obligados a considerar seriamente que la acusación de Godoy a Maiz de haber acusado falsamente a los implicados, no era infundada.

Ubicándonos en el contexto del momento, 1888 y 1889, finales del siglo 19, Maíz se sincera en un momento cuando López era severamente cuestionado por la sociedad paraguaya pero no tardarían en pasar pocos años de esas declaraciones a Zeballos para que Maíz retirase aquellos legajos de los procesos con 450 fojas que no habría devuelto al Archivo Nacional a tenor de la acusación de Juan Silvano Godoy. Si los hechos que fueron incluidos en las actas no existían, aquellos legajos los exhibirían impúdicamente al público, y quizás eso haya sido el motivo del misterioso accionar del sacerdote.

En 1907, aun pensaba que Solano López fue una desgracia para el Paraguay. En un escrito propio publicado por Aponte, fechado 7 de septiembre, Maiz escribe sobre el Mariscal:

“Le hemos visto no conmoverse con los horrores de la inmolación de su pueblo y nación, pisando iba sobre los cadáveres durante cinco años y siempre con sed y hambre de sangre y muerte[22]

Pero ya en plena campaña de reivindicación de Solano López, un Maíz perseguido varios años por su némesis Godoy, se sube al carro de O’Leary en búsqueda de una protección que le era muy necesaria para salvaguarda de su honor, aun a pesar que le quedaba pocos años de vida y así López –para Maíz- deja de ser el tirano sanguinario que inventaba procesos de traición a su persona, que López practicaba un culto a la legalidad respetando toda forma de derecho,”sin haber jamás exabrupto procedido contra los encausados; pero, también, obrando siempre con energía, estoicismo y rectitud, en la aplicación de las penas a los verdaderos culpables” (Sic).

En 1911 en carta precisamente a O’Leary, sus referencias sobre López ya tienen otro cariz:

“Cumplió su palabra de morir con el último soldado, y murió con el heroísmo y bravura de un valiente. Intimado a rendición por el jefe brasileño que mandaba aquella división. López contestói con toda serenidad y energía que no se rendía, y selló la defensa de la patria con su sangre y la muerte más gloriosa. Honor a su nombre inmortal!”[23]

Para 1916, aunque no deja de reconocer sus crueldades y declararse “no lopista”, sin embargo encuentra a un López inmortal, patriota, guerreo excelso y de espíritu indomable, único en la historia paraguaya..”y en la América el primer soldado, como dice Fombona, después de Bolívar[24]

Finalmente, en ese mismo año de 1916, en mayo, y días después del furibundo artículo de Juan Silvano Godoy en EL LIBERAL donde responsabilizada personalmente a Maíz sobre las inculpaciones que habría inventado en los procesos de San Fernando para condenar a los procesados, el sacerdote le escribe nuevamente a O’Leary:

Aquellas medidas torturantes se tomaron, obrando dentro de la ley de la época, que autorizaba a exigir así la confesión de los reos, contra quienes existían ya algo más que semiplena pruebas…[25] .

El Padre Maíz faltó a la verdad en este comentario. Las jóvenes leyes paraguayas de 1842 de Don Carlos A. López (Estatuto de Gobierno) prohibían la tortura y la confiscación de bienes y estaban –taxativamente- por encima de las leyes españolas a las que invoca Maiz (art. 71 y 72).

Así, pues, en el intervalo de 27 años, los actos inventados que figuraban insertos sólo en los procesos en su declaración a Zeballos de 1889, tuvieron sus más que semiplenas pruebas en 1916. Si no fuera por los ataques que recibió Maíz de la sociedad paraguaya tan temprano como en 1875 cuando pidieron su enjuiciamiento y hasta 1916 con Godoy, posiblemente el sacerdote no se hubiera visto obligado a defenderse de una manera tan cambiante como la que vimos. Hubo un padre Maíz en 1862 cuando defendió la legalidad constitucional ante los López, otro padre Maíz brindó su inteligencia a quien definió como un tirano incorregible y le sirvió en la época más aciaga del Paraguay, volvió a su original inclinación hacia la verdad a finales del siglo 19 y finalmente hubo otro padre Maíz a principios del 20 que borró con el codo lo que le escribió al Dr. Zeballos, y así este clérigo dio una muestra más de cómo adaptarse a las cambiantes condiciones del momento en aras de salvar la vida pero sobre todo salvar un honor que nunca pudo consolidar aun a pesa


[1] Abogado, Historiador y Académico correspondiente de la Academia Paraguaya de Historia.

[2] Archivo Nacional de Asunción, A.N.A. SH-355n9-178-211. Folio 53.

[3] Heyn Schupp, Dr. Carlos, Etapas de mi vida, Fidel Maiz, prólogo a la tercera edición, p. 11.

[4] Godoy, Juan Silvano. Documentos históricos. El Fusilamiento del obispo Palaciones de los Tribunales de Sangre de San Fernando, 1916, p. 168.

[5] Estas diligencias se hallan a partir de la página 144 y hasta la 161 en la edición de 1919.

[6] Godoy, ob. cit. p. 161

[7] Belisario Rivarola Recalde, director del periódico El Liberal donde Godoy publicó las acusaciones contra Maíz. Rivarola era primo hermano de Bienvenida Rivarola, esposa de Juan Silvano Godoy.

[8] A.N.A. SH 355n13-225-238.

[9] Heyn S., dr. Carlos, Escritos del Padre Maiz I, Autobiografía y cartas, Academia Paraguaya de la Historia, 2010, p. 263.

[10] Heyn S., “Etapas…”, p. 33

[11] Id. Ib. p. 49

[12] Id. Ib. pp. 50/51

[13] A.N.A. – AHRP SH – 355n9 – 178-211, p. 55

[14]Heyn S. ob. Cit. p. 52

[15] Godoy, J.S., Documentos…. P. 218.

[16] Brezzo, Liliana (ed.), La Guerra del Paraguay en primera persona, 2015, Asunción, Tiempos de Historia, p 59.

[17] Id. Ib. 59

[18] Id. Ib. p. 60

[19] Heyn S. ob. cit. pp. 50/51

[20] Id. Ib. p. 52

[21] Id. Ib. p. 52

[22] Id. Ib. p. 307

[23] Id. Ib. p. 334

[24] Id. Ib. p. 350

[25] Id. Ib. p. 362

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